Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros. |
________________________________________________________________________________
En la reunión de hoy la empresa explicó con más detalle
las propuestas que en términos globales había expuesto el día 5.
Y la explicación que nos dieron es la siguiente:
Afectarían a un máximo de 525 personas. Todas las bajas
serán voluntarias, no habrá ninguna baja forzosa.
Serán dos los colectivos a los que se dirigen.
Colectivo 1: Los nacidos en los años 1956, 1957 y 1958 que
tendrán prioridad sobre el resto de la plantilla (la empresa se reserva la
posibilidad de rechazar hasta un 15% de las solicitudes en función de criterios
organizativos). Este colectivo está compuesto por los que aún están en activo y
los que se han acogido a las excedencias. No incluye la los que firmaron las
bajas voluntarias ofrecidas en 2015.
La compensación que percibirán es el 60% del salario
bruto, con un mínimo del 75% del neto y un máximo del 80% del neto, con el tope
de 50.000 euros brutos anuales. La indemnización sería el resultado de
multiplicar esa cantidad por el número de años que resten hasta los 63,
descontado el importe del desempleo a que esa persona tenga derecho, y se
pagaría en forma de renta mensual.
Convenio con la Seguridad Social hasta los 61 años.
Además, una compensación no indemnizatoria que equivale
al coste de la seguridad social desde los 61 hasta los 63 años.
Está compensación sería de 1.000 euros al mes, hasta el
momento de la jubilación, para aquellos que terminen la prestación de desempleo
una vez cumplidos los 61 años.
Para aquellos que terminen la prestación de desempleo
antes de los 61 años, la compensación será de 24.000 euros brutos que se pagará
en una cantidad mensual hasta la edad de 63 años. La cantidad mensual será la
que resulte de dividir los 24.000 euros entre los meses que falten hasta los 63
años.
Colectivo 2: Resto de trabajadores del banco.
La compensación que percibirán será de 30 días por año
trabajado con tope de 20 mensualidades y máximo de 120.000 euros.
La aceptación o el rechazo será a criterio empresarial
en función de las necesidades organizativas.
2.-
Reducciones de jornada:
Todos los trabajadores de la entidad reducirán su
jornada de trabajo que llevará aparejada una reducción proporcional del
salario.
La reducción depende de la entidad de origen de cada
trabajador:
10,04% Asturias; 10,97% Extremadura; 11,34% Cantabria y
13,56% CCM
Y se materializa en media hora de retraso en la entrada
todos los días del año y la supresión de las tardes laborables en aquellos
centros que no tienen jornada singular en los que se reducirá el mismo
porcentaje adaptando los horarios.
Tendrán derecho a la prestación de desempleo si así lo
solicitan.
3.-
Movilidad geográfica:
Los supuestos y las compensaciones económicas serán las
mismas que estaban previstas en el ERE de 2011.
Han dicho que quieren mantener estas compensaciones
mejoradas con relación a las establecidas en el Estatuto del Trabajador porque
aún está sin concluir el Plan Comercial.
Todas estas medidas serán de aplicación durante el
periodo de vigencia del posible acuerdo, desde el 1 de julio de 2017 al 31 de
diciembre de 2019, incluidas las salidas de los posibles prejubilados.
Finalizada la exposición de la empresa abrieron un
turno de palabra para la presentación de propuestas alternativas.
En nuestro turno hemos solicitado que nos faciliten
información sobre algunos datos de la plantilla para poder trabajar con la
propuesta y buscar alternativas de mejora.
Vemos favorable que las personas que están con
excedencia puedan acogerse a las bajas indemnizadas porque podrán eliminar la
inseguridad jurídica que actualmente tienen, que fue uno de los motivos
fundamentales por los que STC no firmó el acuerdo de excedencias en su momento.
Consideramos que para los que siguen en activo es
necesario mejorar las condiciones que presentó la empresa.
En movilidad consideramos imprescindible que se regulen
temas pendientes, como puede ser el derecho de retorno de los trasladados
anteriores si hay plazas vacantes en su localidad o localidad próxima.
El viernes, día 9, tendremos otra reunión de la que os
informaremos en su momento.
Síguenos
y contacta en www.cic-stc.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario