A tenor de las innumerables
incidencias que nos habéis trasladado en cuanto a la presión desmedida en la
venta de Fondos y de la continua incitación a la mala praxis en su
contratación, nuestro sindicato Suma+t–STC– SIBANK (CIC) ha trasladado esta situación a la
alta dirección de CONTROL NORMATIVO.
Es inaceptable que se vincule la
contratación de este producto como requisito previo e indispensable para la
aprobación de otra operación solicitada por el cliente, contraviniendo la
legislación vigente.
Del mismo modo, hemos denunciado la
no autorización de condiciones financieras o incluso la aprobación de hipotecas
si no se contrata por los solicitantes nuestro seguro de vida, seguro de IT o
cualquiera de ellos.
¿No constituye una conducta
absolutamente denunciable por acoso laboral -más allá de las consideraciones
éticas o morales y de su prohibición expresa –que a primera hora en las
multiconferencias diarias se muestren estadísticas con datos personales de lo
producido o dejado de producir? ¿va a permitir la entidad que se ridiculice a
los últimos e incluso se expulse de la reunión a quien ose contestar?
La respuesta desde Cumplimiento
Normativo ha sido tajante, nos animan a que cualquier conducta de este tipo
debe ser denunciada para que puedan tomar las medidas oportunas, recordando las
comunicaciones que se pueden realizar mediante el Canal de Denuncias y las
garantías que en él se deben asegurar:
Comunicaciones que se pueden realizar:
- Situaciones
concretas en las que se aprecie un riesgo penal.
- Consultas
concernientes a la interpretación o aplicación del Código de Conducta o
denunciar comportamientos contrarios al mismo.
- Informar sobre incumplimientos potenciales o
reales de requisitos regulatorios previstos en la normativa externa o interna
aplicable a Unicaja Banco, o de sus sistemas de gobierno interno.
Se garantizará:
- La
confidencialidad de las comunicaciones cursadas y la protección de los datos de
carácter personal de todos los afectados. Las comunicaciones se enviarán, en
todo caso, por escrito, por medio de dicho servicio interno. Se mantendrá la
confidencialidad en todo momento, salvo que la información haya de ser, en su
caso, revelada a una autoridad administrativa o judicial, incluido el
ministerio fiscal. Podrán aceptarse asimismo las comunicaciones anónimas.
- La
protección del denunciante de buena fe de cualquier efecto negativo, como
represalias, discriminación u otro tipo de trato injusto, así como de las
personas a quienes se haya denunciado, en el caso de que en la investigación no
se encuentren pruebas que justifiquen la adopción de medidas contra ellas. Si
se toman medidas, se les protegerá de aquellos efectos negativos que vayan más
allá del objeto de la medida adoptada.
Desde Suma+t–STC–SIBANK (CIC)
reiteramos el mensaje:
NO CONTRATÉIS
FONDOS O CUALQUIER TIPO DE PRODUCTO CONTRAVINIENDO LA NORMATIVA VIGENTE
Si algún superior jerárquico os exige realizar una
actuación a vuestro juicio ilegal, RECABAD UN DOCUMENTO ESCRITO, las palabras
se las lleva el viento y no es la primera vez que lamentablemente tenemos que
defender a compañer@s en expedientes sancionadores.
No pongáis en riesgo vuestro futuro y el de vuestras
familias, pensad no solo en las implicación laborales y familiares, sino
también en las posibles repercusiones en el ámbito penal y en el patrimonial.
No merece la pena.
Nuestros delegad@s están a vuestra
disposición. No dudéis en contactar con nosotros.
PROTEGEMOS A LA PLANTILLA
PROTEGEMOS EL EMPLEO