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miércoles, 27 de abril de 2022

Elecciones Plan de Pensiones PECAJASTUR (II)

 





Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.


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Ante la desinformación que se está transmitiendo en estos días a los partícipes del PECAJASTUR vamos a intentar aclarar alguno de los puntos más importantes, a nuestro criterio, que deben conocer todos los partícipes.

Acuerdo de transformación 2013:

El acuerdo fue firmado por la mayoría absoluta de los representantes unitarios de los trabajadores, no fue firmado por las secciones sindicales.

La transformación en 2013 del Plan de Pensiones, totalmente voluntaria y mayoritariamente refrendada por los partícipes, supuso:

  • Elevar la aportación al 4% del salario pensionable, mínimo 1.200 €, antes una cantidad fija de 735,42 € para el S2.
  • Asegurar una  rentabilidad del 6% bruto anual, en el S2 y del 2% neto al S1, antes del 4% en ambos.
  • Incremento del fondo de capitalización para todos los partícipes procedentes del S2 con una asignación con cargo a excedentes del S1 y S2 de 1.131.217,67 € equivalente a la diferencia de rentabilidad entre el 6% y el 4% desde 1999.
  • Establecer que los excedentes sólo se puedan dedicar a aportaciones del Promotor al PECAJASTUR, asegurando doblemente nuestras aportaciones.

Excedentes:

De forma simplista es el importe contabilizado por la diferencia entre los fondos existentes y los compromisos de pago más los derechos consolidados (el dinero a nuestro nombre) existentes.

Es un importe que no se asigna a nadie, ni a participes (ni del S1 y ni del S2) ni a beneficiarios, en nuestro caso se acordó, en la transformación de 2013, asegurar que esos excedentes solo se pueden utilizar para realizar las aportaciones del Promotor a los partícipes del Plan PECAJASTUR.

Comisión de Control:

Es el órgano de supervisión y control interno del funcionamiento del fondo. Sus funciones son las que le asignan la Ley y el Reglamento; entre otros: aprobación de cuentas anuales, control de la observancia de las normas de funcionamiento, …

Es decir independientemente de quien ocupe los puestos están supeditados a la ley y al reglamento del Plan y están muy regulados y controlados siendo sus funciones muy reglamentadas. Todas las deliberaciones son confidenciales como cualquier Consejo de Administración.

Los integrantes de la Comisión de Control lo son a título personal (aunque puede ser avalada su candidatura por una sindicato), con responsabilidad legal personal, gratuito y representan a todos los partícipes.

 

Tienes toda la información sobre el Reglamento y Normas de Funcionamiento de Pecajastur a tu disposición en la Intranet (apartado comunidad/pecajastur), en tu banca electrónica y en nuestra página web. El acuerdo de transformación también lo puedes consultar en nuestra página web.

Estamos a tu disposición para cualquier consulta a través de nuestros delegados o por correo, WhatsApp, Telegram o telefónicamente.

En STC-CIC seguiremos trabajando con honestidad, seriedad y rigor en los complicados momentos que nos está tocando vivir.