Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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En el día de hoy se ha celebrado en la Audiencia Nacional la vista por la solicitud de ejecución de sentencia del ERE 247/13, anulado con motivo de la sentencia 14-11-13 y a raíz del conflicto colectivo presentado conjuntamente por CSI y STC-CIC, Sindicato de Trabajadores de Crédito.
En el día de hoy se ha celebrado en la Audiencia Nacional la vista por la solicitud de ejecución de sentencia del ERE 247/13, anulado con motivo de la sentencia 14-11-13 y a raíz del conflicto colectivo presentado conjuntamente por CSI y STC-CIC, Sindicato de Trabajadores de Crédito.
El presidente de la sala,
antes de iniciar la vista, pregunto si era posible llegar a un acuerdo y la
empresa contestó que no.
Los dos sindicatos firmantes
de este ERE, CCOO Y UGT no han comparecido. Si se personaron CSIF y APECASYC que ya se
habían adherido a la solicitud de ejecución de sentencia y lo hizo también
ahora CSICA.
STC defendió que la
sentencia era ejecutiva porque era una sentencia colectiva, porque era una
sentencia que declaró la vulneración de derechos constitucionales de los
sindicatos y de los trabajadores, ordenando a la empresa reponer a estos en los
derechos laborales conculcados y este tipo de sentencias son ejecutivas desde
el momento en que se dictan. Los derechos conculcados son todos: Traslados,
reducciones salariales, el paro consumido indebidamente, las aportaciones al
plan de pensiones, las ayudas de estudios, las mejoras...
La empresa entiende que
con la entrada en vigor del nuevo ERE ya cumplen.
El abogado de la empresa
dijo que no podían ir más allá de lo que hicieron porque en otro caso:
- Tendrían que reformular las cuentas y en ese caso no podrían atender los intereses de las ayudas públicas y de las obligaciones.
- En algunos casos el “trabajador quedaría con deudas con la empresa”.
- El SEPE requerirá la devolución de las prestaciones de desempleo que no serían recuperable en el supuesto de que se estime el recurso.
Además consideraban que
saldría mucho más perjudicada la empresa que los trabajadores que sólo tenían
que esperar la firmeza de la sentencia.
Para nosotros todo lo
argumentado por la empresa no es ninguna novedad ¿para ellos sí? ¿no sabían lo
que hacían al no ejecutar la sentencia, al no suspender el ERE desde el momento
en que se conoció (14 de noviembre)?
Se dio por concluida la
vista a las 11:15 h.
En STC estamos satisfechos
por el trabajo realizado y quedamos a la espera del resultado que como ya sabéis,
en esta ocasión estamos convencidos de tener la razón y esperamos que así se
confirme muy pronto
Seguiremos informando.