Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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En el primer
párrafo de la II Medida
que aparece en el nefasto acuerdo firmado el pasado 25 de junio por los dos
sindicatos de clase y la empresa, se establece que durante el período de
vigencia del ERTE no será de aplicación la “ayuda de estudios”.
Por otro
lado, el artículo 60 del Convenio Colectivo establece que la Ayuda de Estudios
es la que percibe el empleado por los estudios cursados por el mismo
trabajador, al que le sufragará el 90% de los gastos de libros, etc.
Claramente, éste es el concepto que se ha acordado suprimir en el citado
acuerdo.
No obstante,
la empresa hace una interpretación “torticera” de lo pactado y, por su cuenta y
riesgo ha decidido suprimir esta año las denominadas “Ayudas para la Formación de los
Hijos de Empleados” y “Ayuda de Guardería”, regulados por
los artículos 59 y 58 respectivamente del Convenio Colectivo, y que nada tienen
que ver con la citada
Ayuda de Estudios.
Claramente
es una abuso más de Liberbank hacia los trabajadores, que con prepotencia
pretende resolver “por decreto ley” la tremenda “metedura de pata” que han
sufrido los responsables de Relaciones Laborales y la empresa asesora externa.
No dudamos que su intención era suprimir esos conceptos de ayudas para la
formación de hijos de empleados y de guardería, pero la incompetencia les llevó
a redactar mal el acuerdo. Pues las incompetencias se pagan, señores. Y en este
caso, o lo paga la empresa o lo pagan los incompetentes, o ambos, pero no se lo
pueden hacer pagar al trabajador.
Hay
compañeros que están preguntando si deben o no reclamarlo a la empresa, y nos
piden consejo al respecto. A tal efecto, claramente estáis en vuestro perfecto
derecho de realizar una reclamación a Recursos Humanos, pero hay que tener en
cuenta que dicha reclamación lleva dos partes:
1º.
Hacéis la reclamación mediante un correo
electrónico a Recursos Humanos (Administración y Retribución), y desde dicho
departamento lo normal es que o no respondan o lo hagan denegando la
reclamación.
2º.
Ante esta situación el trabajador deberá
continuar con su reclamación ante los tribunales, ya que de no estar dispuesto
a ello de nada servirá haber iniciado el proceso.
No obstante, como el próximo día 14 se
celebra en la
Audiencia Nacional el juicio por la Demanda que
desde STC, junto con CSI, hemos planteado para intentar anular el acuerdo firmado
el pasado 25 de junio, nuestra recomendación es esperar a ver qué se resuelve
en el juicio, porque si "tumbamos" el acuerdo la empresa tendría que
abonar las ayudas de formación y guardería sin necesidad de que los
trabajadores se signifiquen ahora de forma individual. Además, hay un año de
plazo para reclamarlo. Si el conflicto colectivo da validez al acuerdo,
entonces sí se podrá reclamar ante los tribunales, bien de forma individual
bien mediante otro conflicto colectivo.
Por tanto, podemos esperar al resultado de
ese conflicto colectivo y luego actuar en consecuencia.
Cuestiones como esta, además de los defectos de forma que
han rodeado al ERTE, muestran la ineptitud de los máximos responsables de
Relaciones Laborales, así como de la Asesoría Externa ,
que una buena talegada de euros se está llevado.
Tal vez hubiera salido más barato no tocar los sueldos de los trabajadores y
ahorrar en los enormes costes que está suponiendo
este proceso, y lo que aún queda.
Ante el cúmulo de ineptitudes, sería conveniente que el Sr. Menéndez
cesara a los máximos responsables de Relaciones Laborales, rescindiera el
contrato a la Empresa
Externa de Asesoría y después dimitiera junto con todo su
equipo, así dejarían de perjudicar más a esta
empresa, a sus trabajadores y a los cada vez menos clientes que nos van
quedando.