Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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La Comisión de Control del
PECAJASTUR queda encargada de recabar de cada uno de los partícipes la adhesión
a la transformación y si el número de adhesiones llega al 90% de los
partícipes, se habrá conseguido el último de los requisitos para la efectiva
transformación.
En reunión celebrada el 12 de junio de
2013, que ponía fin a otra serie de ellas que se habían celebrado previamente,
se alcanzó una acuerdo entre la empresa y los representantes de los
trabajadores para la transformación de los subplanes 1, 2 y 3 del Plan de
Pensiones de Empleados de Caja de Asturias PECAJASTUR; acuerdo que quedaba pendiente de ratificar y que
tomaría efecto si consigue el respaldo de al menos el 90% de los partícipes.
El 16 de septiembre de 2013 se ha procedido
a la ratificación del acuerdo. Para ello se ha celebrado un acto en el que se
ha suscrito el documento de ratificación por parte de la dirección de la
empresa y por una amplia mayoría de los delegados electos por los trabajadores
procedentes de la Caja
de Asturias (a su vez, únicos partícipes del PECAJASTUR).
Por parte de la empresa se colgará en la
intranet el acuerdo suscrito y por parte sindical se convocará próximamente
Asamblea Informativa para comentar con detalle los cambios, pero mientras tanto,
exponemos de manera esquemática cómo quedan los diferentes subplanes.
1.- SUBPLAN
1
DERECHOS CONSOLIDADOS
Se transforma de prestación definida a
aportación definida, constituyéndose un fondo de capital a nivel individual
equivalente a la provisión matemática de jubilación más la provisión matemática
para la cobertura de riesgos del plan, ambas al 31 de diciembre de 2011.
APORTACION
4% del salario pensionable, con el mínimo
de 1.000,00€ anuales.
RENTABILIDAD
Asegurada del 2% neto mas 90% de
participación en beneficios.
2.- SUBPLAN
2
DERECHOS CONSOLIDADOS
Al fondo de capitalización constituido en
el momento actual para la jubilación, se añadirá la provisión matemática para
la cobertura de las prestaciones de riesgo existente al 31 de diciembre de
2011. Esta cantidad se incrementará, además, con una asignación de excedentes
que equivale a la diferencia entre el 6% de rentabilidad y el 4% que se utilizó
desde el año 1999. (El total a repartir entre los partícipes del subplan 2
asciende a la cantidad de 1.131.217,67€).
Se asegura una prestación de riesgo que
como mínimo será el salario pensionable anualizado en el momento de la transformación,
con un mínimo de 30.000 y un máximo de 50.000 euros.
APORTACION
4% del salario pensionable, con el mínimo
de 1.000,00€ anuales.
RENTABILIDAD
6% menos los gastos aplicados por la
compañía de seguros para la administración de la póliza que se estiman en el
0,35%.
3.- SUBPLAN
3
DERECHOS CONSOLIDADOS
A la cantidad ya constituida actualmente de
manera individual, se le sumará la asignación del 37,5% de los excedentes (los
generados con las aportaciones de los partícipes) que se distribuirá de manera
proporcional
APORTACIONES
Por parte del promotor: 2% del salario
pensionable
Por parte del partícipe: voluntarias, con
los límites legales establecidos.
RENTABILIDAD
La que se obtenga de las inversiones, como
hasta ahora.
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