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Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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Hay
unos plazos muy cortos (20 días hábiles) tanto para presentar el conflicto
colectivo como las demandas individuales por modificación sustancial de condiciones
de trabajo.
Una
vez recibida la comunicación de la empresa sobre la aplicación de las medidas
unilaterales y ante las numerosas consultas que estamos recibiendo creemos que
es necesario ampliar la información que facilitamos en la circular del
11/12/2019.
La
mayoría sindical estamos preparando una demanda conjunta, ante la Audiencia
Nacional, de Conflicto Colectivo, como ya se ha comunicado.
Nuestros
letrados nos han recomendado que se realicen demandas individuales para mayor seguridad jurídica.
La
historia judicial desde 2013 nos lleva a ser muy cautos y pensar en todos los
posibles escenarios para nuestros compañeros. Si prospera el conflicto nos podemos ver en el caso de que los
compañeros que no hubieran presentando demanda individual no puedan ser partícipes
del éxito.
Somos
conscientes de que las demandas individuales quedan en suspenso en tanto no se
sustancie el Conflicto Colectivo y que el fallo del mismo afecta a las demandas
individuales (tanto en sentido positivo como negativo), pero insistimos es un
tema de precaución jurídica.
¿Cómo puedo iniciar la reclamación?
Debes
ponerte en contacto con nosotros para que podamos facilitarte los documentos y
datos necesarios para hacer seguir al abogado.
Dadas las fechas que nos encontramos
recomendamos no demorar los trámites si decides reclamar.
En STC-CIC seguiremos trabajando con
honestidad, seriedad y rigor en los complicados momentos que nos está tocando
vivir.
Si compartes nuestros valores únete a
nosotros.
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