Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros. |
________________________________________________________________________________
Hemos recibido el Auto de la Audiencia Nacional sobre la
vista que se practicó el día 29 de marzo para sustanciar a qué condiciones nos
tendrían que reponer tras la anulación del ERE 247/13 por la Audiencia Nacional
y ratificado por el Tribunal Supremo.
Y dice la Audiencia Nacional: “estimamos la excepción de
litispendencia a la hora de determinar cuáles son las condiciones de trabajo a
las que deben ser repuestos los ejecutantes de la SAN 14-11-2013”
Lo que viene a decir es que no tomarán su decisión hasta que
no se resuelva el pleito sobre las medidas unilaterales (que estaba previsto
que se celebrara el 15 de octubre de 2013 y que la Audiencia Nacional paralizó
por entender que tenía litispendencia con el que se celebró el 14 de octubre y
que dio lugar a la anulación del ERE 247/13). El nuevo juicio está fijado para
el próximo día 1 de junio de 2016.
La litispendencia es una excepción que admite nuestro Derecho
procesal y que tiende a impedir la simultánea tramitación de dos procesos con
el mismo contenido.
Parece que estamos ante la pescadilla que se muerde la cola.
Tardaremos otro par de años en saber la decisión de la
Audiencia Nacional sobre las condiciones de trabajo a las que nos deben
reponer, por aquello de que la sentencia del juicio que se celebrará el día 1
de junio también tiene recurso ante el Tribunal Supremo y hemos podido
comprobar sus tiempos con la sentencia anterior.
Mientras tanto el tiempo pasa y la posibilidad de solicitar
la ejecución de sentencia, para quien no lo haya hecho aún, termina a finales
de julio próximo. Si alguien estaba esperando a conocer lo que decía la Audiencia Nacional para tomar su decisión, tendrá que tomarla sin saberlo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario