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jueves, 27 de enero de 2011

PLUS CONVENIO vs EL FUTURO DE LAS CAJAS

El año 2011 va a ser fundamental en la historia de las Cajas de Ahorro. La velocidad e intensidad de los cambios que estamos afrontando, y los que quedan por venir, hacen que no sea aventurado pensar que estemos ante el final de las Cajas tal y como las conocemos en la actualidad.

Este año, así mismo, nos toca negociar un nuevo Convenio, al haber expirado el actualmente vigente para el período 2007-2010.

No nos parece un mal ejercicio de análisis ver que lo que se hizo en el pasado y que podemos esperar del futuro. Para ello podemos basarnos en cualquier aspecto que afecte a nuestro marco actual de Relaciones Laborales y, puestos a escoger, vamos a referirnos al denominado Plus de Convenio.

En el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorro para los años 2003-2006, se dio carta de naturaleza a dicho concepto ligado a la polivalencia y nueva definición funcional contenida en ese Convenio y el pase de categorías a Niveles. Dicho plus lleva aparejadas unas cuantías económicas que han sido objeto de adaptación en el posterior Convenio 2007-2010 recientemente finalizado.

Conviene aclarar que con independencia de que el Convenio actual haya expirado y esté denunciado, hemos de cobrar este concepto en el año 2011 ya que en el artículo 43 se regula que los importes del mismo se revisarán, a partir del 1 de enero de 2011, conforme a los criterios que se establezcan para la actualización del salario base. Es decir se le da un carácter indefinido.

Otra cuestión es valorar qué supuso dicho plus ligado a la movilidad funcional y el cambio de categorías contenido en el Convenio 2003-2006 y si su cuantía puede considerarse más o menos adecuada al avance en la flexibilidad de las relaciones laborales introducida por la patronal.

Aunque la movilidad funcional ya viene recogida en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores la misma tiene evidentes limitaciones haciéndose referencia a su procedencia si existen razones técnicas y organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención.

Esto, evidentemente abre puntos de conflicto entre empresa y trabajador. Desde el punto de vista del empleado por poder considerarse subvalorado en sus competencias y la posible vinculación de dicha movilidad a represalias más o menos encubiertas y la valoración que podría hacerse de dicha movilidad como una variación del contenido de la prestación laboral convenida y  devenir,  por tanto, en una modificación sustancial de las condiciones de trabajo con la consecuente incomodidad para la empresa.

No menos importante es el cambio conceptual introducido de categoría a grupo. Esto conlleva el tránsito de una situación en las que las funciones y tareas a desarrollar por el trabajador pasan de estar definidas de manera concreta y específica a otra, haciendo una vez más mención a la flexibilidad de las relaciones laborales, en la que nos encontramos en una situación en la que el trabajador ha de ser más polivalente. Más polivalente en el sentido de saber menos de más cosas.

Todos estos inconvenientes hicieron imprescindible, desde el punto de vista de la patronal, introducir los cambios comentados.

Por tanto podemos convenir que el Plus de Convenio lleva aparejado un cambio transcendental en las relaciones laborales tal y como eran conocidas hasta ese momento, dotando a la empresa de un instrumento fundamental para la flexibilización de la relaciones laborales e introduciendo modificaciones que buscan paliar la evidente limitación temporal que el anteriormente citado Estatuto de los Trabajadores introduce a la movilidad funcional.

Y aquí podemos engarzar con el futuro que nos espera próximamente, dominado por la flexibilización y los mercados, sean lo que sean estos. Flexibilización que bajo el paraguas de los expertos en la flexiseguridad (externos a las cajas) busca, como ya hemos visto recientemente en la negociación del Marco Laboral de nuestro SIP, sin duda avanzar en una relación laboral cada vez más flexible para la empresa y cada vez menos segura para el trabajador.

Expertos que, previo pago de informes millonarios, ayudarán en el camino iniciado por los SIP y el FROB, los mercados y el Gobierno de conversión de Cajas en Bancos. (Por cierto seguramente nos ahorraríamos ya un buen dinero si se decidiese adoptar definitivamente la denominación Banco Base para nuestro SIP, ya que la misma es evidente que está calando en los medios de comunicación y la sociedad).

Dicen que los mercados no entienden lo que son las cajas, lo que es un SIP y el FROB. Por eso el Gobierno ha decidido, con sus medidas de esta semana, ayudarlos  certificando el RIP de las Cajas.