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lunes, 9 de diciembre de 2013

SE INICIA EL NUEVO PERÍODO DE CONSULTAS




Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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            En la mañana de hoy, festivo en gran parte del ámbito laboral de Liberbank, la Dirección de Relaciones Laborales de la empresa ha remitido correo electrónico a las secciones sindicales comunicando que el próximo miércoles, día 11 de los corrientes, se iniciará un nuevo período de negociación y consultas, al amparo de lo dispuesto en los artículos 40, 41, 47 y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, con el objetivo de tratar de alcanzar un acuerdo sobre las medidas necesarias para garantizar el futuro y la viabilidad de la empresa, según palabras de la propia empresa.

            El acto de inicio de este período tendrá lugar en la fecha indicada, a las 12 horas de la mañana, en la sede de CECA, C/ Caballero de Gracia, 28,  de Madrid, y estará abierto durante quince días, que es el plazo que marca la Ley. Transcurrido dicho plazo se aplicarán las medidas que emanen del posible acuerdo, o en el caso de que no se alcance el consenso se aplicaré lo que la empresa decida unilateralmente, como ya hizo anteriormente.

            Como es evidente, STC-CIC acudirá a esa cita, y lo haremos con voluntad de negociar, actitud que deseamos encontrar también en los representantes de la empresa, aunque también acudiremos con la intención de que se cumplan todos los requisitos que marcan, tanto la Ley como la reciente sentencia que anuló el anterior proceso. No nos faltará firmeza para exigirlo.


            Os mantendremos informados de cuanto vaya aconteciendo en las sesiones de negociación de los próximos quince días.

6 comentarios:

  1. No queremos regalar nada a la empresa. Si las cifras económicas no lo justifican no queremos ningún recorte. Y en caso contrario solo podría ser admisible las reducciones d jornada para cumplir con esos 666FTEs

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  2. ¿Se ha solicitado la ejecución provisional de la sentencia?

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    1. Si, ya se presentó escrito en la Audiencia Nacional solicitándola.

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    2. Tendríais que publicar lo que realmente se ha solicitado a la audiencia nacional, para que los empleados sepamos nuestra situación, y que se solicitasen al menos estas premisas.

      - Devolución de las cantidades no percibidas por reducción salarial desde el inicio de las medidas.
      - Devolución de las cantidades recibidas en concepto de desempleopor parte de empleados, así como aportación de las cantidades correspondientes a la SSocial por reduccion de jornada.
      - Aportación de cantidades no satisfechas a PPensiones.
      - Aprobación de ayudas estudios, guardería etc
      - Admisión inmediata de los compañeros que han tenido que dejar la empresa por no poder aceptar los traslados ILEGALES a los que quieran incorporarse.
      - Pago de indemnizaciones acorde a mercado para los compañeros que han tenido que dejar la empresa pon no poder aceptar el traslado y que no quieren volver a la empresa.
      - Reposición a las oficinas no cerradas (o a menos de 50km) de los compañeros que han sido trasladados de manera ILEGAL y que se encuentran en las oficinas destino que pactaron los DZ.


      Y se debería consensuar por parte de los sindicatos medidas (si realmente se demuestra con DATOS que estan son necesarias) IGUALITARIAS para todos los trabajadores. Sin beneficios para delegados sindicales, equipo directivo y afines a la empresa. (TODOS SABEMOS QUE ESTOS TIENEN ASEGURADO LAS REDUCCIONES MENOS PERJUDICIALES)

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    3. La SUPLICA a la SALA ha sido la siguiente:

      "tener por interesada la ejecución de la sentencia de fecha 14.11.2013, en solicitud de tutela judicial por no haber repuesto las codemandadas LIBERBANK SA y BANCO DE CASTILLA LA MANCHA SA, a todos los trabajadores afectados por el conflicto colectivo en las condiciones previas que informaban la relación laboral con anterioridad al acuerdo alcanzado el 25.06.2013 ante el SIMA, ... , por el cual se dejaban sin efecto las medidas aplicadas por la empresa y, en consecuencia, se requiera a LIBERBANK SA y BANCO CASITILLA LA MANCHA SA, a reponer a todos los trabajadores en las condiciones que regían la relación laboral previa al ERTE 247/2013"

      Esto es lo que se puede pedir por los sindicatos, y si la empresa no cumple todas esas cuestiones que enumeras en tu escrito, tendremos que iniciar demandas individuales porque la situación de cada uno es particular y así lo determina la legislación.

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    4. y eso incluye a los que no aceptamos el traslado y nos "echaron" con 20 dias? el reponer a los trabajadores a las condiciones anteriores seria readmitirnos en nuestra oficina?

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