Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros. |
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Las vacaciones
son un derecho de los trabajadores, una obligación su disfrute y un beneficio
para la salud.
Recordamos que su disfrute no está condicionado ni vinculado al cumplimiento de objetivos ni a las campañas comerciales. En ningún caso pueden ser compensadas económicamente.
Hemos presentado a la empresa unas propuestas de las que destacamos:
- Solicitamos que las vacaciones se negocien en el ámbito de la Oficina, sin injerencias de estamentos superiores.
- Garantizar hasta 10 días hábiles del período vacacional entre el 15 de junio y el 15 de septiembre
- Quien disfrute 10 días ininterrumpidos fuera del período 1 de abril a 31 de octubre (excepto Semana Santa y Navidad) y ninguno en el periodo estival entre el 15 de junio - 15 de septiembre, tendrá 1 día adicional de vacaciones
- Posibilidad de disfrutar de al menos 7 días no consecutivos para facilitar la conciliación familiar
- En los casos de vacaciones no disfrutadas en el año natural, de mutuo acuerdo, se podrá prorrogar el periodo de disfrute hasta el 15 de enero del año posterior
- En el supuesto de que un empleado sea asignado, trasladado o tenga un movimiento funcional, incluida la comisión de servicio, por decisión unilateral de la entidad con posterioridad a tener su cuadro anual aprobado se le respetarán aquellas vacaciones con fecha de inicio posteriores a su asignación, traslado o movimiento.
- No se podrán limitar vacaciones en ningún periodo del año
La
empresa “escuchó” todas las aportaciones y en próximas fechas presentarán un
documento para su estudio.
Si
alguna persona tiene algún tipo de incidencia con el tema de las vacaciones podéis
poneros en contacto con nosotros.
En STC-CIC seguiremos trabajando con honestidad, seriedad y rigor en los complicados momentos que nos está tocando vivir.
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