Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros. |
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El 4 de agosto STC-CIC presentó demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia
Nacional por la reducción salarial a los “directivos” solicitando que se
declarase la nulidad radical del proceder de Liberbank y del Banco Castilla La
Mancha y el cese inmediato de su conducta retrotrayendo la situación al momento
inmediatamente anterior a su realización, lo que significaba dejar sin efecto
las reducciones salariales aplicadas y la obligación de devolver las cantidades
descontadas desde entonces a cada uno de los afectados.
El conflicto colectivo se presentó
por vulneración del derecho a la negociación colectiva y por tal motivo se
llamó a todos y cada uno de los sindicatos con representación en las empresas,
por si estimaban oportuno adherirse.
Se adhirieron a nuestra demanda
CCOO, UGT y CSIF.
CSICA decidió presentar su propia
demanda; lo hizo el día 17 de octubre y en términos muy similares a la
elaborada por el letrado de STC-CIC.
También, el mismo 4 de agosto, presentó CCOO un conflicto colectivo sobre el
mismo tema pero, en este caso, por modificación sustancial de condiciones
laborales. STC-CIC nos adherimos a su demanda.
Los juicios inicialmente se fijaron
para el día 29 de noviembre de 2017, uno a continuación de otro, y la víspera
se anularon por estar indispuesto el letrado de las empresas. La Audiencia fijó
el 13 de febrero como la nueva fecha para la celebración de los juicios.
Los juicios se celebraron y ya
tenemos sentencia: la Sala declara la
nulidad radical de la medida, se repone a los trabajadores en la situación
precedente y se condena a la empresa a abonarles los salarios deducidos.
La sentencia tiene recurso, y conociendo
la forma actuar de las empresas, no dudamos de que recurran, más por ganar
tiempo y continuar con las deducciones en la nómina y evitar tener que hacer la
devolución de los salarios deducidos que por tener esperanza de que el Tribunal
Supremo anule la sentencia de la Audiencia Nacional.
Pero en esta sentencia, por vulnerar
derechos fundamentales, se puede
solicitar la ejecución provisional desde este mismo momento, sin tener que
esperar a que la sentencia sea firme. Nos ponemos a disposición de los afectados
para ello, y si están interesados pueden contactar con nosotros en el
correo stc.cic.liberbank@gmail.com
Mientras otros se dedican a escribir
para hacer ver que trabajan mucho y se ocupan de descalificar las actuaciones
que no son suyas, en la mayoría de las ocasiones faltando a la verdad, incluso
apropiándose los éxitos ajenos, nosotros
nos centramos en trabajar buscando lo que consideramos mejor para los compañeros
en la penosa situación que nos está tocando vivir desde hace unos años; una
prueba de ello es esta sentencia que hemos conseguido que es, además, una buena
muestra de lo que se puede conseguir uniendo esfuerzos.
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