Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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En el
correo electrónico que recibimos el pasado 10 de julio, por el que se nos
comunicaban las nuevas medidas de reducción de jornada y salario que nos
correspondieron tras la firma del desastroso acuerdo firmado por la empresa con
los dos sindicatos de clase, se nos informaba de que en el caso de que hubiera
desencajes en las horas realizadas o jornadas completas de suspensión de
contrato, “el ajuste de las horas
resultantes se producirá en el mes de noviembre de cada año, notificándolo con
una antelación no inferior a 15 días”.
Llegadas
estas fechas, ya casi mediado el mes de noviembre, se están produciendo nuevas
situaciones de incertidumbre entre la plantilla, más que nada provocadas por
esa última frase, ya que muchos compañeros la interpretan como que es la
empresa la que va a comunicar a cada trabajador los días que le corresponde
compensar, aunque hasta la fecha, la empresa no ha comunicado nada a nadie, al
menos que nosotros sepamos. Y aunque no
nos atrevemos a afirmarlo rotundamente, existe la posibilidad de que no lo
hagan. En todo caso, debería de haberlo hecho a partir del pasado 15 de
octubre, para cumplir así el plazo de antelación de 15 días.
En vista
de esta situación y de que queda poco tiempo, nuestra recomendación es que
cada trabajador envíe un correo electrónico a su jefe inmediato y a
Administración y Retribución (Recursos Humanos), con acuse de entrega y de
recibo, comunicando cuántos días le corresponde compensar para no superar la
jornada que le ha sido aplicada por la empresa, informando de los hechos que
motivan esa compensación y de las fechas en las que tiene pensado disfrutarlos. Y se
debe hacer lo antes posible, para que haya tiempo suficiente en lo que queda de
año.
Si
hubiera algún error en los cálculos del trabajador ya lo indicarán desde Recursos
Humanos, y en el caso de no recibir respuesta se entiende que es correcto.
Ya hay
compañeros que lo han hecho así y que en estos momentos están en período de
compensación de esos días que tenían pendientes, contando con el visto bueno de
sus jefaturas de zona, que en muchos casos es quien está administrando y
aprobando las comunicaciones.
En cuanto
a la argumentación de los hechos que motivan la compensación suelen figurar los
casos en los que cuando se nos comunicó el 10 de julio el turno de acumulación
de jornadas que nos correspondían, algunos ya estaban acabando el turno de ese
mes, por lo que sufrieron el descuento salarial ese mes pero trabajaron más
días de los que correspondían. Hay otros casos en los que se modificaron los
porcentajes que
regían para las reducciones de jornada y con carácter general hay desfase entre
el tiempo de trabajo realizado y el tiempo comunicado, siendo mayor el realizado que el que correspondía realizar.
Así pues,
os animamos a que hagáis vuestro cálculo concreto e insistimos en la
recomendación de que cada afectado proceda a comunicar lo antes posible los
días, o las horas, que le corresponde compensar indicando las fechas de su disfrute. No
esperéis a recibir una comunicación de la empresa, porque es posible que se os
pase el mes sin recibirla.
No comentais nada de lo que dijo el fiscal,del juicio del dia 14-10.como lo veis?
ResponderEliminarNos agrada que el Fiscal proponga que se estime nuestra demanda, pero el informe del Fiscal, como el resto de los más de 7.300 folios que componen el expediente de nuestra demanda en la Audiencia Nacional, no es vinculante para el Tribunal.
ResponderEliminarEl Tribunal dictará su sentencia y esa será vinculante para nosotros. Esperamos que nos sea favorable, para ello hemos trabajado, y tiene que estar muy próxima ya.
Mientras tanto, prudencia.