Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros. |
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Habíamos recomendado no precipitar la presentación del
IRPF hasta que no se aclarase, convenientemente, el criterio correcto de cómo
tenía que aparecer la información del SEPE en el certificado fiscal de 2017,
puesto que habíamos detectado diferentes certificados con diferentes criterios.
Hechas las consultas en el Servicio Público de Empleo
Estatal (SEPE) y la Administración Tributaría, ya tenemos claro cómo tiene que
ser y cómo hemos de actuar.
Pasamos a detallarlo:
1 –
Obtención del certificado del SEPE
Se obtiene en la siguiente dirección (es preciso tener
clave de acceso, si no se tiene ha de solicitarse en la oficina del SEPE)
https://sede.sepe.gob.es/DServiciosPrestanetWEB/CertificadosPrestaWeb.do
2 – Estructura
del certificado con el criterio correcto
Cada uno con sus datos particulares, pero la estructura
de la información ha de ser la siguiente:
Rendimientos
correspondientes al ejercicio
|
|||
Ejercicio
|
Importe Integro
|
Retención I.R.P.F.
|
Deducción por cotización a la SS
|
2017
|
x.xxx,xx (1)
|
Xxx,xx (2)
|
|
Regularización
correspondiente a ejercicios anteriores
|
|||
Ejercicio
|
Importe Integro
|
Retención I.R.P.F.
|
Deducción por cotización a la SS
|
2013
|
-x.xxx,xx (3)
|
||
Nota:
Esta regularización corresponde a prestaciones satisfechas en años
precedentes, cuyo importe fue certificado como positivo
|
(1) Ha de figurar el bruto de las
prestaciones percibidas en 2017
(2) Aquí figura la diferencia entre las
deducciones practicadas por cotizaciones a la SS en los pagos de 2017 y la
regularización correspondiente a las anuladas de 2013 que se restan (+
deducciones 2017 – deducciones 2013), puede ser cero.
(3) Ha de figurar el bruto de las
prestaciones percibidas en 2013
3 -
¿Qué hacer si la información no aparece correctamente?
Es necesario preparar un escrito identificándose (con
NIF, nombre y apellidos) y solicitando la emisión de un nuevo Certificado de
Retenciones e Ingresos a cuenta sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al ejercicio 2017. En el escrito es necesario detallar los importes realmente percibidos,
mencionando las bajas por enfermedad (en el caso de que las haya habido en el
año 2017) y haciendo referencia a la regularización del ERE 247/13 anulado.
El escrito hay que dirigirlo a:
Servicio
Público de Empleo Estatal
Dirección
Provincial correspondiente
Y
tiene que presentarse en el Registro de cualquier oficina del SEPE. No es
preciso solicitar cita previa.
El
nuevo certificado lo remitirán por correo al domicilio particular en un plazo
de dos semanas como máximo. En caso de que no se recibiera en ese plazo se
puede llamar al 901 11 99 99 y reclamarlo.
4 – Actuaciones ante la Agencia
Tributaria
EJERCICIO 2013: se
debe solicitar la devolución de lo pagado en su momento por las
prestaciones que han sido anuladas. El plazo para poder hacerlo termina el 30
de junio de 2018, para evitar la prescripción del derecho.
Para
ello, es necesario cumplimentar el modelo de la Agencia Tributaria “SOLICITUD O
COMUNICACIÓN”, que se puede descargar de la siguiente dirección:
El
texto que se debe incluir puede ser el siguiente:
“EXPONE:
que en IRPF 2013, presentado con fecha xx/xx/xxxx, con el número de expediente
xxxxxxxxxxxxxx, he consignado, como retribución dineraria la cantidad de
x.xxx,xx percibida del SEPE.
Que
a la vista de los datos fiscales 2017 y del certificado de retenciones e
ingresos del SEPE se me ha practicado una regularización correspondiente a
ejercicios anteriores por importe de xxxx,xx.
SOLICITUD:
Se solicita impugnar IRPF 2013 y
se efectúe la regularización correspondiente, ingresando la cantidad resultante
en mi cuenta xxxx xxxx xxxx xxxx
DOCUMENTACIÓN
que se anexa:
Certificado
de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF 2017 del SEPE “
EJERCICIO 2017:
Tiene que hacerse la declaración con los datos del nuevo certificado, si es que
se ha modificado, con independencia de los que figuran en Hacienda como
facilitados por el SEPE.
Nos
han aconsejado no presentar a la vez la impugnación de 2013 y la declaración de
2017, para evitar problemas de grabación.
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