Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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REDUCCIÓN
SALARIAL AL PERSONAL DIRECTIVO
En este acuerdo se introduce una nueva discriminación que
afecta al “personal directivo”, unas 1100 personas afectadas, más del 20% de la
plantilla.
Sinceramente, el personal de alta dirección nos es
indiferente, y además estamos completamente seguros que no pasarán apuros
económicos ni tendrán dificultades para pagar sus préstamos, pero esta medida
afecta también a directores y subdirectores de oficinas y responsables de
departamentos, para los que no vemos el motivo por el que tengan que mantenerse
con las reducciones salariales de tablas, que no dan derecho a prestación por
desempleo, y además el porcentaje mínimo de reducción de jornada. Nosotros los
consideramos compañeros, como al resto, al menos a la mayoría de ellos, (otros
con su comportamiento hacia los compañeros que dependen de ellos, en los
últimos tiempos difíciles que nos tocan vivir, han perdido el derecho a que los
consideremos uno más de nosotros).
Sumados ambos conceptos, la reducción de jornada y la
reducción salarial, en una mayoría de casos pasa de un porcentaje total del
18%, por lo que, aún quedando igual que estaban con el acuerdo anulado por la
Audiencia Nacional, se ven discriminados y perjudicados con respecto al resto
de compañeros que han pasado al 18%, ya que tendrán un porcentaje de reducción
superior y sin poder computar todo a la prestación de desempleo. Está claro que
lo que la empresa pretende es esclavizar aún más a este colectivo, aplicándoles
el menor porcentaje posible de reducción de jornada y así hacerlos trabajar
todos los días, pero cobrando menos y reduciendo al mínimo sus posibilidades de
prestación por desempleo. Además, la reducción salarial de tablas conlleva
reducción de las Bases de Cotización a la Seguridad Social, lo que ha acarreado
que muchos suscribieran con dicho organismo un Convenio Especial, cuyas cuotas
hasta ahora compensaba la empresa, pero esa obligación compensatoria ya no
existe en el nuevo acuerdo. Si a esto le añadimos que hace unos meses les hizo
firmar un contrato especial por el que quedaban fuera del Convenio Colectivo, y
por tanto de las consolidaciones de categorías, ¿qué interés y beneficios tiene
ser director de oficina ahora? ¿Así cuida la empresa a sus directivos? ¿No
corta esto el interés de los trabajadores por prosperar, mejorar en su carrera
profesional y asumir responsabilidades?
SUSPENSIÓN
DE BENEFICIOS SOCIALES
Este apartado queda prácticamente igual que estaba en el
anulado acuerdo del 25 de junio, salvo dos excepciones:
1. Se recupera, para todos los trabajadores de Liberbank que
ya lo tuvieran, la percepción de las pagas de 25 años de servicio o premios de
dedicación, lo cual nos parece positivo, aunque de reducida repercusión sobre
la totalidad de la plantilla.
2. También se recupera la percepción del Plus Sentencia
Terminales para los empleados procedentes de Banco CCM.
Y llegados a este punto entendemos que en la negociación
se recupere un beneficio social que, aunque a pocos, afecta a todo el ámbito
geográfico de Liberbank, pero al mismo tiempo nos preguntamos: ¿por qué
recuperar el cobro de otro concepto que tan solo afecta a los trabajadores de
un territorio concreto? ¿Por qué precisamente recuperar un beneficio social de
ese territorio en concreto y no de otro? ¿Tendrá que ver también con los
niveles de presencia de los tres sindicatos firmantes en ese territorio? Porque
bien podía haberse recuperado un beneficio propio de cada territorio, o en su
caso de ninguno, para evitar discriminaciones. ¿Tal vez se intente justificar
argumentando que procede de una sentencia? ¿Y es que una sentencia tiene más
valor legal que un acuerdo, pacto o convenio de empresa como los que regulan el
resto de beneficios sociales suspendidos?
Lo dicho, hemos tenido una segunda oportunidad para
intentar corregir errores y evitar tratos discriminatorios y no se ha sabido
aprovechar: continuamos con diferentes porcentajes de reducción, diferentes
horarios y ahora con diferencias en la supresión de beneficios sociales.
Será en Asturias, porque en Cantabria la inmensa mayoría de directores y subdirectores de oficinas se comportaron y comportan como auténticos miserables, convitiendose además en soplanucas o muerdealmohadas dependiendo si tratan con subordinados o con DZ.
ResponderEliminarLa inmensa mayoría de nosotros, directores y subdirectores de oficina, no hemos visto un alto directivo ni en fotos. Nuestro día a día discurre al lado de nuestros compañeros de oficina, lógicamente cada uno con su rol, sus atribuciones, sus responsabilidades y funciones. La experiencia de muchos años me dice que los roces, las malas actitudes y las malas practicas no están unidas a los puestos, sino a las personas y de esa manera se deben de tratar, individualizándolas y poniéndoles nombre y apellido y en el ámbito legal que corresponda. Lo cierto es que cuando se segrega entre directivos y no directivos, incluso siendo solo semántica, ellos se acercan un poco mas a su objetivo: fragmentarnos y nosotros nos alejamos del nuestro: mejorar las condiciones de la plantilla, identificando problemas comunes y otros mas concretos de colectivos significativos.
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