Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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Informe emitido, al amparo del art.64.5 del Estatuto de los Trabajadores, y en el ejercicio del derecho en el recogido, con carácter previo a la ejecución, por parte de Liberbank SA y Banco Castilla la Mancha SA (Grupo Liberbank a efectos laborales), Liberbank en lo sucesivo, de:
. Movilidad geográfica, regulada en el art. 40 del ET
. Suspensión de contratos y reducción de jornadas, regulados en el art. 47 del ET
. Modificación de las condiciones de trabajo, regulado en el art. 41 del ET
. Inaplicación de convenio al amparo del art. 82.3 del ET
Informe solicitado en el procedimiento iniciado con fecha 11 de diciembre de 2013.
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