web cic-stc

Accede a más información en nuestra Web http://www.cic-stc.com

miércoles, 18 de octubre de 2017

La CIC impugna el art. 43 del Convenio Colectivo (PLUS CONVENIO) por causas de inconstitucionalidad.





Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
________________________________________________________________________________


Ayer tuvo lugar la vista del juicio, en la Audiencia Nacional, que había planteado la Confederación Intersindical de Crédito, por considerar que el art. 43.3 contiene preceptos que conculcan la legalidad vigente y concretamente incurre en un supuesto de retroactividad proscrita por el art. 9.3 de la Constitución Española, por si fuera poco.

Aunque ya interpusimos un conflicto colectivo por este mismo asunto y se ganó, hemos iniciado esta vía, la de impugnación parcial del Convenio Colectivo, para que no haya ningún cabo suelto que dé lugar a que en el Tribunal Supremo se desestime por inadecuación de procedimiento. Además, ese conflicto solo está afectando a los empleados de la Caixa.

Como ya viene siendo habitual, CCOO, CSICA y UGT, no se presentaron al juicio para defender lo que firmaron, simplemente, porque no tiene defensa alguna.

¿Qué piensas de la actuación de estos sindicatos? Nuestras iniciativas benefician a todos los empleados del sector, lo veremos, más palpablemente, cuando nos abonen la parte del plus convenio que CCOO, CSICA y UGT nos quitaron con su firma.

Desde CIC estamos dispuestos a recuperar la dignidad en nuestro sector, lo estamos demostrando con hechos y no con la vacuidad y falsedad que otros hacen patente.


Estamos seguros que compartes nuestros valores, afíliate con nosotros, participa.