web cic-stc

Accede a más información en nuestra Web http://www.cic-stc.com

martes, 23 de julio de 2013

REFINANCIACIÓN PRÉSTAMOS DE EMPLEADOS


Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.



________www.cic-stc.com_______________________________________________________________


Uno de los principales problemas que se derivan de las reducciones salariales y de jornada/salario que nos han aplicado, y que los sindicatos de clase firmantes del desastroso acuerdo del pasado 25 de junio no tuvieron en cuenta, es el de las dificultades que tendremos muchos trabajadores de Liberbank a la hora de pagar las cuotas de los préstamos que mantenemos con la entidad. Parece que a los sindicatos firmantes de ese acuerdo solo les interesaba negociar sobre las reducciones salariales, la suspensión de beneficios sociales y de aportaciones a fondos de pensiones, así como facilitar a la empresa la movilidad geográfica de los trabajadores, pero para nada pensaron en negociar y buscar fórmulas para intentar paliar los efectos negativos de estas reducciones, que son muchos, entre ellos éste del pago de los préstamos.



Así pues, y una vez más, han otorgado libertad de movimientos a la empresa, un nuevo cheque en blanco para que nos apliquen lo que les parezca oportuno, a su antojo. De esta forma hemos podido ver cómo con fecha del pasado día 19 la empresa ha publicado una circular con las condiciones que ha aprobado para la refinanciación de los préstamos de los empleados, que más que dar facilidades parece que lo que hacen es poner más trabas, aplicando medidas que son aún peores que las que se aplican a los clientes.



Lo primero que nos llama la atención es que, a pesar de que todos hemos sufrido algún tipo de reducción salarial y por tanto se han minorado nuestras posibilidades de pago, no todos pueden acceder a refinanciar sus operaciones. Tan solo pueden acogerse a estas medidas los que tengan una carga financiera superior al 40%, ¡pero ojo, medida dicha carga sobre los ingresos brutos, no netos, y además contando los ingresos de la unidad familiar! Primer obstáculo, que muchos de nosotros no podrán salvar. ¿Qué pasa con los que tengan una carga financiera del 39%?



Luego dicen que el objetivo es dejar esa carga en el 40%, nunca podrá será superior ni inferior, por lo que si tras la aplicación de las medidas dicha carga bajara de ese porcentaje podrían aplicar fórmulas como por ejemplo la de introducir una semicarencia, en la que podrían incluir una parte de amortización de capital para que dicha carga financiera subiera hasta el 40%. ¿No se trata de reducir la carga financiera? ¿Por qué poner límites porcentuales que no se imponen a los clientes?



En cuanto a las condiciones de posible ampliación de plazo y de carencia tampoco dan ningún beneficio especial. A pesar de que los trabajadores no tenemos la culpa de nuestra minoración de ingresos, que ha provocado la propia empresa, nos aplican exactamente las mismas condiciones de plazo que a los clientes. Y nosotros nos preguntamos: ¿si las medidas de reducción salarial van a ser de 48 meses, por qué solo nos conceden 30 meses de carencia? Lo dicen muy claramente: porque en el caso de superar esos 30 meses los préstamos de los empleados tendrían que calificarse como “subestándar”, lo que implica que la empresa tendría que dotarlos en un porcentaje que, de momento, está establecido en el 15% del riesgo, y claro, esta empresa no está dispuesta a gastar un céntimo más en sus trabajadores, aunque sí en sus dirigentes. En definitiva, que nos siguen trasladando el problema y convirtiéndonos en los “paganos” de su deficiente gestión. ¡30 meses de carencia, lo tomas o lo dejas, y cuando ésta se acabe te las apañas como puedas hasta los 48!



Todas las operaciones se realizarán ante fedatario público, lo que implica más gastos para el empleado, y si el préstamo es hipotecario, aún más. Eso sí, se puede solicitar una ampliación de capital para poder afrontarlos, lo que en los préstamos hipotecarios implica más gastos e impuestos aún, que en total podrían irse a un total de entre 1.000 y 1.500 €.



Y por si fuera poco, indican que la primera medida a aplicar será la de la ampliación de plazo, la carencia será una medida secundaria. Pues bien, hay muchos compañeros que tan solo necesitan una carencia, pero si esta opción es secundaria y además conlleva que la carga financiera resultante baja del 40%, a esa carencia le podrían aplicar una parte de amortización de capital, para subir ese porcentaje hasta el límite fijado, como ya hemos indicado anteriormente.



En cuanto a la tramitación, mejor ni hablar: numeroso papeleo y burocracia para que el expediente pase por Recursos Humanos, luego por la UGC, por el CARM, por Operativa de Activo, notaría, etc… ¿En cuánto tiempo quedará resuelta?



Vistas estas medidas nos cabe la duda de si en lugar de “pensarlas” para facilitar a los empleados el pago de sus cuotas de préstamos, en realidad no estarán pensadas para provocar el efecto contrario y dificultar así el acceso a estas refinanciaciones. Y lo que es peor, hemos hecho consultas sobre estas condiciones y planteado todas estas dudas, pero como es norma en Liberbank, el silencio es la única respuesta que hasta ahora hemos recibido.



Y una reflexión final: el artículo 78 del Convenio Colectivo, relativo a “Faltas del empleado”, dice en su primer párrafo que se considera como tal “cualquier incumplimiento contractual” del empleado. ¿Significa esto que si no podemos atender las cuotas de nuestros préstamos estamos incumpliendo el contrato firmado con la empresa y por tanto es un caso susceptible de sanción? ¿Podrían pretender como objetivo final aplicarnos más suspensiones de empleo y sueldo o incluso despidos baratos por incumplimiento del pago de nuestros préstamos? ¡Pues solo nos faltaría esto!



Pero tambien nos preguntamos: ¿Significa esto que si no podemos atender las cuotas de nuestros préstamos porque la empresa está incumpliendo el contrato firmado con nosotros y estamos en riesgo de perder nuestra casa o en peligro el futuro de los estudios de nuestros hijos,  nadie va a ser resposable de ello, nadie recibirá la sanción que se merece?


Seguiremos informando.

No hay comentarios:

Publicar un comentario