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miércoles, 21 de febrero de 2018

SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SOBRE EL CONFLICTO DE LOS DIRECTIVOS





Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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El 4 de agosto STC-CIC presentó demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional por la reducción salarial a los “directivos” solicitando que se declarase la nulidad radical del proceder de Liberbank y del Banco Castilla La Mancha y el cese inmediato de su conducta retrotrayendo la situación al momento inmediatamente anterior a su realización, lo que significaba dejar sin efecto las reducciones salariales aplicadas y la obligación de devolver las cantidades descontadas desde entonces a cada uno de los afectados.


El conflicto colectivo se presentó por vulneración del derecho a la negociación colectiva y por tal motivo se llamó a todos y cada uno de los sindicatos con representación en las empresas, por si estimaban oportuno adherirse.

Se adhirieron a nuestra demanda CCOO, UGT y CSIF.

CSICA decidió presentar su propia demanda; lo hizo el día 17 de octubre y en términos muy similares a la elaborada por el letrado de STC-CIC.

También, el mismo 4 de agosto,  presentó CCOO un conflicto colectivo sobre el mismo tema pero, en este caso, por modificación sustancial de condiciones laborales. STC-CIC nos adherimos a su demanda.

Los juicios inicialmente se fijaron para el día 29 de noviembre de 2017, uno a continuación de otro, y la víspera se anularon por estar indispuesto el letrado de las empresas. La Audiencia fijó el 13 de febrero como la nueva fecha para la celebración de los juicios.

Los juicios se celebraron y ya tenemos sentencia: la Sala declara la nulidad radical de la medida, se repone a los trabajadores en la situación precedente y se condena a la empresa a abonarles los salarios deducidos.

La sentencia tiene recurso, y conociendo la forma actuar de las empresas, no dudamos de que recurran, más por ganar tiempo y continuar con las deducciones en la nómina y evitar tener que hacer la devolución de los salarios deducidos que por tener esperanza de que el Tribunal Supremo anule la sentencia de la Audiencia Nacional.

Pero en esta sentencia, por vulnerar derechos fundamentales, se puede solicitar la ejecución provisional desde este mismo momento, sin tener que esperar a que la sentencia sea firme.  Nos ponemos a disposición de los afectados para ello, y si están interesados pueden contactar con nosotros en el correo stc.cic.liberbank@gmail.com

Mientras otros se dedican a escribir para hacer ver que trabajan mucho y se ocupan de descalificar las actuaciones que no son suyas, en la mayoría de las ocasiones faltando a la verdad, incluso apropiándose los éxitos ajenos,  nosotros nos centramos en trabajar buscando lo que consideramos mejor para los compañeros en la penosa situación que nos está tocando vivir desde hace unos años; una prueba de ello es esta sentencia que hemos conseguido que es, además, una buena muestra de lo que se puede conseguir uniendo esfuerzos.


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