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jueves, 19 de diciembre de 2019

Medidas unilaterales. Demanda individuales y conflicto colectivo.






Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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Una vez recibida la comunicación de la empresa sobre la aplicación de las medidas unilaterales y ante las numerosas consultas que estamos recibiendo creemos que es necesario ampliar la información que facilitamos en la circular del 11/12/2019.

Hay unos plazos muy cortos (20 días hábiles) tanto para presentar el conflicto colectivo como las demandas individuales por modificación sustancial de condiciones de trabajo.

La mayoría sindical estamos preparando una demanda conjunta, ante la Audiencia Nacional, de Conflicto Colectivo, como ya se ha comunicado.

Nuestros letrados nos han recomendado que se realicen demandas individuales para mayor seguridad  jurídica.

La historia judicial desde 2013 nos lleva a ser muy cautos y pensar en todos los posibles escenarios para nuestros compañeros. Si prospera el conflicto  nos podemos ver en el caso de que los compañeros que no hubieran presentando demanda individual no puedan ser partícipes del éxito.

Somos conscientes de que las demandas individuales quedan en suspenso en tanto no se sustancie el Conflicto Colectivo y que el fallo del mismo afecta a las demandas individuales (tanto en sentido positivo como negativo), pero insistimos es un tema de precaución jurídica.

¿Cómo puedo iniciar la reclamación?

Debes ponerte en contacto con nosotros para que podamos facilitarte los documentos y datos necesarios para hacer seguir al abogado.

Dadas las fechas que nos encontramos recomendamos no demorar los trámites si decides reclamar.


En STC-CIC seguiremos trabajando con honestidad, seriedad y rigor en los complicados momentos que nos está tocando vivir.
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