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jueves, 22 de marzo de 2012

JORNADA DE HUELGA DEL 29 DE MARZO

Los sindicatos miembros de CIC, como stc,  nos manifestamos en contra de la reforma laboral aprobada por el gobierno el día 12 de febrero.

Así mismo, rechazamos totalmente el convenio del sector de cajas de ahorro firmado el día 8 de febrero.

Y finalmente, rechazamos de manera muy especial la aplicación que están realizando las cajas/bancos tanto del convenio sectorial como de la reforma laboral.

Por estos motivos, en el Secretariado de CIC acordamos apoyar los actos convocados por diferentes sindicatos para el día 29 de marzo, y  animamos a los trabajadores del sector a participar en ellos.


Puntos básicos que conviene conocer sobre la forma legal de proceder ante el paro general:

·         Es un derecho fundamental e individual de los trabajadores que se encuentra especialmente protegido.

Todos los trabajadores tenemos derecho a secundarlo durante todo el día 29 de marzo o durante una parte del día.

El empleado puede sumarse a la huelga e igualmente abandonar la huelga a la que se adhirió previamente.

·         Los trabajadores que se unan a la huelga no están obligados a comunicarlo a la empresa previamente.

·         El ejercicio del derecho de huelga es una de las causas de suspensión del contrato de trabajo, y por ello, la obligación de trabajar y la de remunerar el trabajo también quedan suspendidas.

·         Se suspende la obligación de cotizar a la Seguridad Social por la empresa y por el trabajador. Si la huelga afecta a parte de la jornada hay obligación de cotizar únicamente por la retribución percibida, proporcional al tiempo de trabajo.


Actúa en conciencia.

Una agresión de este calibre a nuestros derechos no puede dejarnos impasibles.