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martes, 27 de septiembre de 2016

SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL. MEDIDAS UNILATERALES





Desde el entendimiento, con la intención de crear un entorno en el que el diálogo sea para todos y para el fomento de la solidaridad entre compañeros.
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Los trabajadores ganamos nuevamente.


La Audiencia Nacional nos ha comunicado hoy la sentencia del juicio celebrado el pasado día 14 sobre las medidas unilaterales aplicadas por Liberbank durante los últimos siete meses de 2013.

La Sala estima las demandas presentadas por CSICA, CSI y STC-CIC y considera nulas la totalidad de las medidas aplicadas unilateralmente por la empresa derivadas del ERE 247/13 consistentes en: suspensión de contratos y reducción temporal de jornada, reducción salarial y supresión definitiva de mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social, ordenando la reposición de los trabajadores a la situación previa a las mismas, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración.

Considera la Sala que las medidas aplicadas son nulas porque la empresa no entregó la documentación reglada y ello da lugar a la nulidad de las medidas adoptadas cuando:

1.- dicho defecto haya sido denunciado por la parte social, reclamando la documentación en cuestión
  
2.- dicha omisión frustre las finalidades que son propias del periodo de consultas, esto es, el debate “sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados.”

Más abajo incorporamos la sentencia, son 22 páginas, pero puede ser interesante su lectura.

Esta sentencia tiene recurso ante el Tribunal Supremo y no dudamos que la empresa la recurrirá, no porque tenga esperanzas de que cambie sino para ganar más tiempo antes de pagar.

Pero ya estamos más cerca del final, y hasta él llegaremos, no os quepa duda.

Para STC-CIC ha sido un inmenso trabajo que empezó en la mesa de negociación en la que pedimos lo que había que pedir (así lo reconoce la propia sentencia y por ello declaran nulas las medidas unilaterales). Continuó con la impugnación del acuerdo del SIMA, también declarado nulo, y que el Tribunal Supremo ratificó gracias al recurso de STC-CIC (también lo reconoce la propia sentencia) y esperemos que acabemos en buen puerto también con la ejecución de sentencia aunque otros no dejaban de decir que no sabíamos lo que hacíamos.

Nosotros trabajamos siempre en clave de los compañeros, buscando lo mejor para todos, y en ello seguiremos.

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